VeriFactu · Sanciones
Sanciones de VeriFactu: qué multas hay y a quién afectan
Las multas de VeriFactu son fijas y altas, pero castigan una conducta concreta: tener o vender sistemas que no cumplen. Te contamos qué dice la ley y qué puedes hacer para no tener problemas.
Actualizado el · Redacción de Impuestos en Regla
Respuesta corta
- Si usas un sistema que no cumple cuando estás obligado: multa de 50.000 euros por cada ejercicio.
- Si fabricas o vendes programas que no cumplen: 150.000 euros por cada ejercicio con ventas, más 1.000 euros por cada sistema vendido sin certificar cuando debía estarlo.
- Las dos son infracciones graves del artículo 201 bis de la Ley General Tributaria.
Qué dice la ley
La Ley 11/2021 de prevención del fraude fiscal añadió a la Ley General Tributaria el artículo 201 bis, que castiga dos tipos de conducta relacionados con los sistemas informáticos de facturación. La AEAT lo resume en sus preguntas frecuentes:
| Quién | Qué conducta | Multa |
|---|---|---|
| Fabricantes, productores y vendedores de programas | Fabricar o comercializar sistemas que no cumplen los requisitos, o que permiten llevar contabilidades distintas o alterar registros sin dejar rastro. | 150.000 € por ejercicio + 1.000 € por sistema sin certificar |
| Empresas y autónomos que los usan | Tener sistemas que no estén certificados cuando deban estarlo, o que hayan sido alterados o manipulados. | 50.000 € por ejercicio |
Son multas fijas: no dependen de cuánto factures ni de si has dejado de pagar impuestos. Lo que se castiga es tener el sistema.
Qué no se castiga
- Facturar a mano. Si no usas un sistema informático de facturación, no puedes tener uno que incumpla.
- Usar Word o Excel solo para escribir e imprimir facturas. Según el criterio de la AEAT no son un sistema de facturación. Lo explicamos en facturar con Excel o Word.
- Recibir facturas sin QR. La obligación es de quien emite la factura. Quien la recibe puede deducirse el IVA si se cumplen los requisitos de fondo.
Antes de la fecha, ¿te pueden multar?
Las obligaciones de los usuarios empiezan cuando llega su fecha: antes del 1 de enero de 2027 para las sociedades y antes del 1 de julio de 2027 para los autónomos y el resto. Los fabricantes, en cambio, están obligados desde el 29 de julio de 2025. Ver el calendario completo.
Cómo protegerte
- Pide la declaración responsable. Es el documento con el que el fabricante declara que su programa cumple el reglamento. Tiene que estar a tu disposición; guárdala con tus papeles.
- Usa un solo sistema para facturar. Evita programas «con dos modos» o versiones antiguas sin actualizar que sigan instaladas.
- Mantén el programa actualizado y no toques su configuración para saltarte controles.
- Si dudas de tu hoja de cálculo, cámbiala. La aplicación gratuita de la AEAT cumple y no cuesta nada.
No es lo único que se puede sancionar
Además del 201 bis, la Ley General Tributaria ya castigaba antes el incumplimiento de las obligaciones de facturación, como no expedir factura o hacerlo sin los datos obligatorios. VeriFactu no cambia esas normas.
¿Te afecta VeriFactu?
Responde cuatro preguntas y te decimos desde qué fecha y qué tienes que hacer.
Hacer el test